Los Efectos Patrimoniales del Divorcio
Cuando un matrimonio se separa ,
la sentencia que decreta el divorcio vincular lo que hace es disolver la
sociedad conyugal, y por ende, los ex
esposos se hallan en condiciones de hacer la separación de bienes, porque
una de las cuestiones que se declaran es la inexistencia de vinculo económico entre
ellos. Los efectos que la llamada Disolución
de la Sociedad conyugal tiene , es la retroactividad a la fecha ya sea en la cual fue notificada la demanda ( div. contradictorio) , o al día de la presentación de
la misma ( div. común acuerdo- o por presentación conjunta).
En materia de alimentos, también cesa
la obligación alimentaria de los cónyuges, con excepción que alguno hubiera
dado causa al divorcio, porque en ese caso, el culpable, tiene que mantener el
mismo nivel de vida que tenían antes de producirse la dimisión .Otro tanto
opera para el cónyuge enfermos, al cual se le concede el mismo beneficio antes
nombrado.
Como últimos efectos a mencionar,
están la vocación hereditaria que ambos esposos tenían entre sí, la cual cesa,
y los esposos recuperan aptitud para contraer nuevas nupcias.
Cabe mencionar, que aun después de
divorciados, solamente por haber estado casados, si uno de los esposos se encontrara
en situación que no pudiere sustentarse económicamente, el otro, deberá proveerle
de los medios mínimos y esenciales, según su situación económica
Autora: Dr. Paula Trassens

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DRA. PAULA TRASSENS ABOGADA